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Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones profesionales de artes escénicas

Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones profesionales de artes escénicas
Noticias

Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones profesionales de artes escénicas

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Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones profesionales de artes escénicas

En conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria el texto completo se puede consultar a la Base de datos Nacional de
Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/761375.


Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias todas aquellas asociaciones profesionales de las artes
escénicas constituidas sin ánimo de lucro, con sede social y que desarrollan su
actividad en la provincia de València y que cuentan con una estructura de gestión y
administración consolidada.


Segunda. Objeto.
La finalidad es el fomento y consolidación de la actividad escénica. Son objeto
de esta convocatoria las ayudas a la consolidación de las asociaciones profesionales
de artes escénicas.


Tercero. Bases reguladoras.
Las establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de
València, aprobada por acuerdo del Pleno de 28 de marzo de 2023 y publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de València (BOP) n.º 107, de 5 de junio de 2023.


Cuarta. Financiación y cuantía.
La financiación del gasto global de 250.000 euros derivada de la
concesión se imputará a la aplicación presupuestaria 311.33306.480.00 del presupuesto de
la Diputación de València 2024.


Quinta. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes, dirigidas al presidente de la Diputación, se presentarán en la
sede electrónica de la Diputación de València (www.sede.dival.es), teniendo que ser
presentadas en todo caso por uno/a representante legal de la asociación. En estas se
declarará responsablemente que la asociación no está incursa en ninguno de las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 LGS y
en el artículo 6 de la OGS. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles
, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP. En caso de que se presentan en plazo varias solicitudes se entenderá como válida la presentada en última instancia.

Nota:

Fecha inicio de presentación de solicitudes: 23.05.2024

Fecha fin de presentación de solicitudes: 12.06.2024